¿El Consejo Nacional de Energía sigue existiendo?
No. El Art. 24 del Decreto Legislativo N.º 190 del 26 de octubre de 2021 —publicado en el Diario Oficial N.º 212, Tomo N.º 433, del 8 de noviembre de 2021— derogó expresamente la Ley de Creación del Consejo Nacional de Energía (D.L. 404 de 2007). En octubre de 2022 la Asamblea aprobó reformas para completar el proceso de disolución y liquidación del CNE y de la Dirección de Hidrocarburos y Minas del Ministerio de Economía. Toda referencia legal al CNE se entiende hecha a la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas.
¿Qué es la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas?
Es el ente rector de la política energética de El Salvador, creado por el D.L. 190 de 2021, que entró en vigencia un año después de su publicación. Le corresponde la formulación, adopción y seguimiento de las políticas, estrategias, planes y regulación de los sectores de energía, hidrocarburos y minas, y autorizar, regular y supervisar a quienes participan en esas actividades. Asumió las facultades que antes tenían el CNE, la Dirección de Hidrocarburos y Minas y el Ministerio de Economía en esa materia.
¿Y la SIGET, qué regula hoy?
La Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones fue creada en 1996 y durante casi treinta años reguló los dos sectores. El 2 de julio de 2026 la Asamblea Legislativa reformó, con 57 votos, la Ley de Creación de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas y la Ley de Creación de la SIGET para transferir a la Dirección las atribuciones y bienes que la SIGET tenía en electricidad. La SIGET queda con las telecomunicaciones.
¿Ese traslado ya ocurrió?
Está en curso. Según lo expuesto en la sesión plenaria en que se aprobó la reforma, el traslado se efectúa en un período de seis meses, coordinado por una comisión especial encargada de transferir expedientes, registros e información de la SIGET hacia la Dirección. Mientras dure esa transición, lo prudente para una empresa con un trámite abierto es confirmar por escrito ante qué entidad se continúa, en vez de asumirlo.
¿A quién le pido una autorización de autogeneración o de conexión?
La conexión física y su operación se tramitan con la distribuidora de la zona; la autorización y supervisión del participante corresponde al regulador del sector eléctrico. Dado que las competencias eléctricas están migrando de la SIGET a la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas, este sitio no publica un «paso a paso» de trámite: cambiaría antes de que usted lo leyera. Confirme el procedimiento vigente con la distribuidora y con la Dirección antes de comprometer inversión.
¿Qué ley regula el mercado eléctrico?
La Ley General de Electricidad, emitida por Decreto Legislativo N.º 843 del 10 de octubre de 1996, junto con su reglamento y la normativa técnica del regulador. Fue reformada el 9 de abril de 2026 para ordenar la generación distribuida: la reforma crea un mercado minorista de energía, introduce medición comercial regulada y regula los procesos de interconexión con estudios obligatorios de capacidad de red.
¿Por qué importa esto para una empresa que solo quiere bajar su factura?
Porque casi todo el material que circula sobre trámites energéticos en El Salvador nombra al CNE como si existiera y a la SIGET como si siguiera regulando electricidad. Un pliego, una cotización o una asesoría construidos sobre esa referencia le hacen tocar la puerta equivocada y pierden meses. Verificar quién es hoy la autoridad competente es el paso cero de cualquier proyecto.