Tarifas de salario mínimo por sector económico en El Salvador| Sector económico | Mensual | Por jornada | Por hora |
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| Comercio y servicios | $408.80 | $13.440 | $1.680 |
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| Industria | $408.80 | $13.440 | $1.680 |
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| Ingenios azucareros | $408.80 | $13.440 | $1.680 |
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| Agroindustria | $408.80 | $13.440 | $1.680 |
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| Maquila textil y confección | $402.32 | $13.227 | $1.653 |
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| Beneficios de café | $305.23 | $10.035 | $1.254 |
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| Recolección de caña de azúcarPor tarea $10.035 y por tonelada $5.018. El patrono no puede exigir más de dos toneladas o una tarea por jornada (Art. 3 lit. c). | $305.23 | $10.035 | $1.254 |
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| Agropecuario, pesca y otras actividades agrícolas | $272.53 | $8.960 | $1.120 |
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| Recolección de caféPor arroba $1.792 y por libra $0.072. | $272.53 | $8.960 | $1.120 |
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Fuente: Decreto Ejecutivo N.º 11 en el Ramo de Trabajo y Previsión Social, «Tarifas de Salarios Mínimos para la República de El Salvador», D.O. N.º 95, Tomo N.º 447 del 23 de mayo de 2025; Art. 2, tabla única. Vigente desde el 1 de junio de 2025.
Por qué importa el sector
El mínimo no es solo un piso de pago
La tarifa del sector es la base de cálculos que se hacen mucho después de fijar un sueldo, y ahí es donde equivocarse cuesta:
- Indemnización por despido: el Art. 58 topa el salario de referencia en cuatro veces el salario mínimo DIARIO del sector. En comercio el techo es $53,76 diarios; en el agro, $35,84.
- Trabajadores a domicilio: el Art. 4 del decreto les aplica la tarifa del rubro para el que laboran, no una tarifa aparte.
- Día de descanso: el Art. 5 del decreto y el Art. 171 del Código lo remuneran sobre esa misma base.
Conviene además no confundir el salario mínimo con el salario de cotización: el aguinaldo, por ejemplo, no es remuneración afecta al Seguro Social, y las bases de ISSS y AFP tienen sus propias reglas.
Preguntas frecuentes
Lo que más se consulta sobre el salario mínimo
¿Cuál es el salario mínimo en El Salvador?
Depende del sector: no hay uno solo. El Decreto Ejecutivo N.º 11 fija $408.80 mensuales para comercio, servicios, industria, ingenios azucareros y agroindustria; $402.32 para maquila textil y confección; $305.23 para beneficios de café y recolección de caña de azúcar; y $272.53 para el sector agropecuario, pesca, otras actividades agrícolas y recolección de café.
¿Desde cuándo rigen estas tarifas?
Desde el 1 de junio de 2025. El decreto se publicó en el Diario Oficial N.º 95, Tomo N.º 447, del 23 de mayo de 2025, y derogó los Decretos Ejecutivos 9 y 10 del 7 de julio de 2021 que regían desde agosto de ese año.
¿El mes de febrero se paga menos por tener menos días?
No. El Art. 2 del decreto lo cierra en su inciso final: el salario mensual «se pagará indistintamente del número de días del mes que se está remunerando». Un mes de 28 días vale lo mismo que uno de 31.
¿Cada cuánto se revisa el salario mínimo?
Por lo menos cada tres años, según el Art. 159 del Código de Trabajo. La revisión la hace el Consejo Nacional de Salario Mínimo, órgano tripartito integrado por Gobierno, empleadores y trabajadores que el Art. 149 del Código instituye, y la fija el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Trabajo y Previsión Social por decreto.
¿Para qué sirve conocer el mínimo del sector y no solo el de comercio?
Porque es la base de varios cálculos y no siempre es el de comercio. El más importante: el tope del Art. 58 para la indemnización por despido, que se fija en cuatro veces el salario mínimo diario del sector. Entre comercio y el agro esa diferencia es de $18,17 diarios de techo, y se traslada entera a la liquidación.
¿Qué pasa con quienes cobran por obra, tarea o tonelada?
El decreto fija tarifas propias. En recolección de caña de azúcar, $10.035 por tarea y $5.018 por tonelada, con el límite del Art. 3 lit. c): el empleador no puede exigir un rendimiento mayor a dos toneladas o a una tarea en una misma jornada. En recolección de café, $1.792 por arroba y $0.072 por libra.
Talento humano
El mínimo es el piso legal. La banda salarial es lo que evita pagar de más o de menos.
Entre el mínimo del sector y lo que la empresa paga hay decisiones que casi nunca están escritas. Una estructura de bandas con el mínimo como piso y el mercado salvadoreño como referencia ordena aumentos, ascensos y contrataciones nuevas con el mismo criterio.
Alcance y responsabilidad
Esta herramienta es material informativo de orientación general, elaborado a partir del texto oficial de las normas citadas. No constituye asesoría jurídica ni técnica, no sustituye el criterio de un abogado o de un profesional de recursos humanos que conozca el caso concreto, y su uso no crea relación profesional con Tagline Soluciones Empresariales.
El resultado no acredita el cumplimiento de ninguna obligación ante el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, el ISSS, las AFP ni cualquier otra autoridad, y no reemplaza la planilla ni los documentos propios de la empresa, que se construyen sobre su operación real. La normativa cambia —el plazo del aguinaldo se movió en octubre de 2025 y los montos del Art. 198 cambiaron antes—: verifique la vigencia de cada norma antes de usarla. Las decisiones que se tomen con esta información, y sus consecuencias, son responsabilidad de quien las adopta.